347

Modelo 347

En el mes de febrero comienza el periodo para la presentación del modelo 347 correspondiente a las operaciones del ejercicio anterior realizadas con terceras personas que superan los 3.005,06€. Como siempre y por más que hayamos realizado esta declaración, año tras año nos asaltan multitud de dudas de última hora a las que hay que dar respuesta para asegurarnos que lo declarado es correcto.

Por este motivo, hemos preparado un monográfico que pretende clarificar aquellas cuestiones más destacadas, así como cualquier otra información que este relacionada con esta declaración, como puede ser, legislación, presentación telemática, consultas a la AEAT, etc.

Pero, ¿qué es realmente el modelo 347?

El modelo 347, es la Declaración Anual de Operaciones con Terceras Personas, y no es más que una declaración informativa (no hay que desembolsar dinero), donde debe relacionarse todas aquellas personas físicas o jurídicas con las que en el ejercicio anterior se hayan tenido operaciones que en su conjunto superen los 3.005,06€. Existen excepciones en cuanto a quien está obligado a realizar la declaración, quien debe relacionarse y que operaciones deben tenerse en cuenta.

La regulación de esta declaración viene establecida por el R.D. 1065/2007, de 27 de julio,  por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos y por la ORDEN EHA/3012/2008, de 20 de octubre, por la que se aprueba el modelo 347 de Declaración anual de operaciones con terceras personas, así como los diseños físicos y lógicos y el lugar, forma y plazo de presentación.

Como siempre, le recomendamos que ante cualquier duda, se ponga en contacto con nuestro despacho.