Con el objeto de facilitar la preparación del cierre contable es preciso llevar a cabo una serie de trabajos coincidentes con el fin del ejercicio que concluye, este coincide generalmente con el 31 de diciembre.
A) TRABAJOS QUE SE HAN DE REALIZAR CON FECHA 31 DE DICIEMBRE:
1.-Inventario de Existencias: Se efectúa un recuento físico, debidamente valorado, de los productos que se encuentren en losalmacenes al día 31 de Diciembre, clasificándolos según su actividad: comerciales, materias primas, productos en curso de fabricación, productos terminados, etc. No olvide que las mercancías en depósito no deben incluirse.
2.-Inventario del Inmovilizado Material: Consiste en comprobar si los elementos que figuran en el balance de la empresa a 31 de diciembre existen en la realidad, evaluando si se ha producido algún deterioro anormal de su valor o su baja definitiva (por ejemplo, por venta o destrucción del mismo). Si su empresa aún no dispone de un control exhaustivo y permanente de los elementos que integran su Inmovilizado, debe implantarlo a la mayor brevedad posible, siendo éste el momento idóneo para su inicio. Recuerde que debe distinguir expresamente aquellos elementos que se encuentren fuera de uso.
3.-Arqueo de Caja: Se realiza un recuento físico del efectivo en caja, banco y otros documentos (vales pendientes de justificar, talones bancarios, etc.) estableciendo las posibles diferencias
con el saldo contable.
B) TRABAJOS COMPLEMENTARIOS Y RECOMENDACIONES:
1.- Valorar correctamente los Albaranes pendientes de recibir factura y la mercancía servida a Clientes con factura pendiente de realizar al 31de diciembre. Le recordamos que el importe debe facilitarse sin IVA.
2.- Agilizar la petición a Proveedores y Acreedores de las facturascorrespondientes a mercancías recibidas o servicios prestados en el ejercicio que se cierra.
3.- Preparar los documentos justificativos de los saldos de Clientes Morosos. Serán deducibles las dotaciones cuando:
hayan pasado 6 meses desde el vencimiento de la obligación;
el deudor esté en situación de concurso;
el deudor esté procesado por delito de alzamiento de bienes; o,
las obligaciones hayan sido reclamadas judicialmente o sean objeto de un litigio judicial. Se exceptúan las deudas con entidades de derecho público o, de forma general, aquellas que estén garantizadas o se tengan con entidades vinculadas.
Se recomienda consultar la legislación para más detalles.
4.- Analizar los saldos de Clientes y demás Deudores por operaciones de tráfico con objeto de verificar la existencia de cantidades recibidas a cuenta por las que no se haya producido Devengo de IVA, tal y como establece la Legislación del mencionado impuesto.
5.- En el caso de que en su balance existan saldos representativos de deudas o créditos en moneda extranjera, solicitar de su entidad bancaria el tipo de cambio de dicha divisa al día 31 de diciembre.
6.- Ultimar la conciliación de los saldos bancarios, justificando documentalmente las posibles diferencias existentes entre los mismos y los saldos contables.
7.- Verificar las declaraciones de impuestos (IRPF, IVA, etc.) presentadas a lo largo del ejercicio, confrontándolas con los importes contabilizados con objeto de regularizar, en su caso, las diferencias existentes en la última autoliquidación y en el correspondiente Resumen Anual, evitando, en lo posible, la posterior presentación de Declaraciones Complementarias.
8.- Recopilar toda la documentación necesaria para el Expediente de Cierre Contable que aún no nos haya facilitado.
9.- Se recomienda contrastar, al menos con sus Clientes y Proveedores más significativos, tanto el saldo contable al día 31 de diciembre como la cantidad a incluir en la Declaración de Operaciones con Terceros (Modelo 347).