El próximo 1 de enero de 2015 finaliza el plazo para la mayoría de los contratos de renta antigua de los locales comerciales

El próximo 1 de enero del 2015 finalizarán muchos contratos de arrendamientos de locales comerciales celebrados antes del 9 de mayo del 1985, bajo el régimen legal de prórroga forzosa (los llamados “contratos de renta antigua”).  Cuando el arrendatario del local sea una persona física el contrato de arrendamiento se extinguirá cuando el arrendatario se jubile o fallezca, a menos que su cónyuge continúe la misma actividad. Si por el contrario, quien sucede al arrendatario es su descendiente, entonces el contrato finalizará el día 1 de enero de 2015.

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