Si ha adquirido un vehículo nuevo acogiéndose a la ayuda del Plan PIVE ¿Cómo debe tributar en el IRPF?
Posted on 24 de abril del 2014
La ayuda pública del plan PIVE para adquisición de un vehículo nuevo tributa como ganancia patrimonial a integrar en la renta general (tributará según escala de gravamen), sin que proceda computar una pérdida patrimonial por la obligatoria entrega del vehículo usado para su desguace.
Queremos resolverle las dudas que se le haya podido plantear en el caso de que durante el ejercicio 2013 haya adquirir un vehículo automóvil nuevo acogiéndose a la ayuda del Plan PIVE, para lo cual es necesario la baja definitiva en circulación del vehículo a achatarrar en el Registro de vehículos de la Dirección General de Tráfico.