Si la empresa se ha extinguido…. ¿tengo obligación de presentar declaración del Impuesto sobre Sociedades?
Posted on 3 de junio del 2013
Se entiende producida la extinción cuando tenga lugar el asiento de cancelación de la sociedad en el Registro Mercantil, estando, en consecuencia, obligada a presentar su declaración en el plazo de los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores a dicho asiento de cancelación.