La devolución de la fianza a los inquilinos ¿cómo debo proceder?
Posted on 5 de junio del 2012
El saldo de la fianza en metálico que deba ser restituido al arrendatario o inquilino al final del arriendo o alquiler devengará el interés legal, transcurrido un mes desde la entrega de las llaves por el mismo sin que se hubiere hecho efectiva dicha restitución.