Posted on 14 de junio del 2012
El titular de los datos puede ejercitar su derecho de cancelación o rectificación de sus datos personales mediante escrito dirigido al responsable del fichero de la entidad de que se trate.
Para que le inscriban en un registro de morosos no es necesario que le hayan reclamado judicialmente la deuda, sin perjuicio del retraso en el pago y de las gestiones previas por parte del acreedor para poder cobrar lo que se le debe. Eso sí, la entidad gestora del fichero debe notificarle que ha sido incluido en éste, con el fin de que usted tenga conocimiento del hecho y pueda solicitar la cancelación.