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Obligación de declarar las pensiones procedentes del extranjero: próxima “amnistía” para el 2015

Los contribuyentes que no hubieran declarado pensiones percibidas del extranjero que deberían haber declarado, pueden presentar declaraciones complementarias de IRPF de los ejercicios no prescritos (es decir, de los años 2010, 2011, 2012 y 2013) entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2015, sin recargos, intereses de demora ni sanciones.

Tenga cuidado si es titular de varios planes de pensiones y quiere cobrarlos todos en 2013

Si tiene varios planes de pensiones, asegúrese de que cuando recupere en forma de capital las aportaciones anteriores a 2007, dicha recuperación se produzca en el mismo año para todos los planes. De esta forma podrá aplicar en el IRPF una reducción del 40% sobre las cantidades que retire en forma de capital.