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Segunda oportunidad para particulares y autónomos en concurso de acreedores

Desde el pasado día 1 de marzo de 2015, el Real Decreto-ley 1/2015, de mecanismo de segunda oportunidad instaura un régimen de exoneración de deudas para los deudores personas físicas en los procesos concursales, siempre que el deudor sea de buena fe y que se liquide previamente su patrimonio (o que se declare la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa). Cumplidas las anteriores condiciones, el deudor podrá ver exoneradas de forma automática sus deudas pendientes cuando haya satisfecho en su integridad los créditos contra la masa, los créditos concursales privilegiados y, si no ha intentado un acuerdo extrajudicial de pagos, el 25 % de los créditos concursales ordinarios.

Ampliado el plazo a la suspensión del derecho de separación del socio o accionista por no reparto de dividendos

La disposición final primera del Real Decreto-ley 11/2014 , de 5 de septiembre, ha ampliado hasta 31 de diciembre de 2016 (antes era solo hasta el 31 de diciembre de 2014) la suspensión de la aplicación de lo dispuesto en la Ley de Sociedades de Capital que regula el derecho de separación de los socios minoritarios como consecuencia de la falta de distribución de dividendos.