Tengo dinero oculto en efectivo ¿lo puedo regularizar ante Hacienda?

Hasta el próximo 30 de noviembre de 2012, los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta, Sociedades y No Residentes, que sean titulares de cantidades de dinero en efectivo pueden presentar la Declaración Tributaria Especial (Mod. 750) por tales cantidades cuando las depositen, con carácter previo a la presentación de dicha declaración, en una cuenta cuya titularidad jurídica corresponda al obligado tributario, abierta en España, en otro Estado de la Unión Europea o en un Estado integrante del Espacio Económico Europeo que haya suscrito un convenio con España para evitar la doble imposición internacional.

Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.