Administrador

Las cuentas anuales y la responsabilidad de los administradores

Las cuentas anuales deben formularse por los administradores antes del 31 de marzo (3 meses desde el cierre del ejercicio ) y ser aprobadas por la Junta General de Socios antes del 30 de junio (6 meses desde el cierre de ejercicio). No obstante, hasta ese momento los administradores de la sociedad deben tomar decisiones y tener presente sus obligaciones, ya que en determinadas circunstancias pueden derivarse responsabilidades a los administradores/socios de una sociedad por la mala gestión realizada por éstos, como por ejemplo, en el caso de pérdidas acumuladas de la empresa o en los supuestos de concurso de acreedores.