Vivienda_IVA

Cuestiones referentes a la disminución del tipo impositivo del IVA aplicable a la entrega de viviendas

En los anticipos, el devengo del IVA se produce en el momento en que se haga efectivo el pago de los mismos por lo que, si éstos se han satisfecho antes del 20 de agosto de 2011, el tipo impositivo aplicable será del 8%, con independencia de que el IVA correspondiente al importe restante del precio se devengue con la posterior entrega de la vivienda tributando al 4%.

Recuperación económica y del empleo

Real Decreto-ley 6/2010, de 9 de abril, de medidas para el impulso de la recuperación económica y el empleo.

Con el objetivo de impulsar el crecimiento de la economía española y la creación de empleo, se establecen unas medidas que refuercen la capacidad de nuestro tejido productivo y garanticen un apoyo efectivo de las instituciones públicas a ese crecimiento.

Este real decreto-ley aborda diferentes reformas, bien por su incidencia en el conjunto del sistema productivo español, bien por su peso específico en el mismo o bien por su relevancia en el actual momento de estabilización y recuperación, resultan especialmente relevantes en este momento.