¿Dudas para valorar los bienes y derechos en el extranjero a efectos de la obligación de información a Hacienda?

Si una persona es titular de un inmueble que ha adquirido como consecuencia de una donación o de una herencia, se hará constar el valor de adquisición, entendiendo por este el valor real del bien en el momento de su adquisición. En el caso de los inmuebles cuyo precio de adquisición consta en una moneda diferente al euro, el valor de adquisición, al igual que en el resto de bienes y derechos objeto de declaración, debe ajustarse al tipo de cambio vigente en la fecha 31 de diciembre del ejercicio al que corresponde la información declarada.

Una cita con Hacienda. Los puntos relevantes para las declaraciones de Renta y Patrimonio 2011

Un año más, tenemos una cita obligada con Hacienda para todos los contribuyentes obligados a presentar la declaración del IRPF del ejercicio 2011. Además, en la presente campaña se recupera la obligación de declarar el Impuesto sobre el Patrimonio para los contribuyentes con cuota a ingresar (tras aplicar las correspondientes deducciones y bonificaciones) y también para aquellos sin cuota a ingresar, pero que cuenten con bienes y derechos con un valor superior a los 2 millones de euros. Por norma estatal, el mínimo exento se sitúa en los 700.000 euros y la vivienda habitual está exenta también hasta los 300.000 euros, aunque ambos límites pueden variar, según la residencia del contribuyente en algunas Comunidades Autónomas.

Modelo111

Nuevo modelo 111 de retenciones

El pasado día 18 de marzo fue aprobada la Orden EHA/586/201, que entró en vigor el día 19 de marzo de 2011, y que surte efectos para las autoliquidaciones de retenciones e ingresos a cuenta correspondientes al primer trimestre o, en su caso, a las del mes de marzo de 2011 y siguientes.

Esta Orden aprueba el nuevo modelo 111, así como el lugar, forma y plazo de presentación del mismo. Dicho modelo se aprueba, sin novedades destacables, debido a la homogeneización de las formas de presentación, los medios de pago, etc., de los hasta ahora vigentes modelos 110 y 111, relativos a la autoliquidación de las cantidades retenidas e ingresos a cuenta correspondientes a los rendimientos del trabajo y actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de rentas.

Modelo 349

Modelo 349. declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias

Orden EHA/769/2010, de 18 de marzo, por la que se aprueba el modelo 349 de declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias, así como los diseños físicos y lógicos y el lugar, forma y plazo de presentación, se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación telemática, y se modifica la Orden HAC/3625/2003, de 23 de diciembre, por la que se aprueban el modelo 309 de declaración-liquidación no periódica del Impuesto sobre el Valor Añadido, y otras normas tributarias (BOE, 29-03-2010).