La Reforma Fiscal (III): IVA

La Ley 28/2014, de 27 de noviembre, en el marco de la reforma del sistema tributario, incorpora diversas modificaciones en el ámbito de la imposición indirecta, en concreto en la norma reguladora del IVA, destacando cambios en las exenciones inmobiliarias y su renuncia; reglas de localización de prestaciones de servicios por vía electrónica, telecomunicaciones y similares; nuevos supuestos de inversión del sujeto pasivo; cambios en tipos impositivos; modificación de los regímenes especiales simplificado, de agricultura, ganadería y pesca, de las agencias de viaje, y del grupo de entidades.

Las rentas derivadas de la transmisión de bienes inmuebles urbanos estarán exentas en un 50%

Con el objeto de estimular la venta de los activos inmobiliarios, en relación con el Impuesto sobre Sociedades, IRPF e Impuesto sobre la Renta de no Residentes, se introduce una exención parcial de las rentas derivadas de la transmisión de bienes inmuebles urbanos que se adquieran a partir del 12 de mayo y hasta el 31 de diciembre de 2012 cuando se cumplan determinados requisitos.

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Modificaciones fiscales en materia de concursos de acreedores

Se establece un nuevo supuesto de inversión del sujeto pasivo en el IVA para los supuestos de entregas de inmuebles en procedimientos concursales, y también se reforman distintos preceptos de la Ley General Tributaria para coordinar la actuación de la Administración tributaria en caso de concurso.

Como ya sabrá, el día 11 de octubre se publicó en el BOE la Ley 38/2011 de reforma de la Ley 22/2003 Concursal , y que entrará en vigor, con carácter general,  el día 1 de enero de 2012.