Información a los accionistas acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día

Los socios de la sociedad de responsabilidad limitada pueden solicitar por escrito, con anterioridad a la reunión de la junta general o verbalmente durante la misma, los informes o aclaraciones que estimen precisos acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día.

Debe saber que  los socios de la sociedad de responsabilidad limitada podrán solicitar por escrito, con anterioridad a la reunión de la junta general o verbalmente durante la misma, los informes o aclaraciones que estimen precisos acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día. La ley no establece qué “informes o aclaraciones” deben facilitarse al socio, por lo que, en caso de conflicto, son los tribunales los que deciden.