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Obligatorio dar un preaviso a las pymes que dejen de recibir créditos por parte de las entidades financieras

Con la aprobación de la Ley 5/2015, de 27 de abril , de fomento de la financiación empresarial, que entró en vigor el pasado 29 de abril, las entidades de crédito deberán dar un preaviso cuando tengan intención de no prorrogar, extinguir o disminuir en un 35% o más el flujo de financiación concedido a una pyme. Esta notificación deberá enviarse con una antelación mínima de 3 meses a la fecha de vencimiento del contrato de crédito de mayor cuantía. Este preaviso se acompaña de la obligación de la entidad de crédito de facilitar de forma gratuita a las pymes información sobre su situación financiera e historial de pagos (“Información Financiera- Pyme”).

Principales incentivos fiscales en el Impuesto sobre Sociedades para las empresas de reducida dimensión (PYMES)

Las empresas que tienen la consideración de reducida dimensión (aquellas cuyo importe neto de la cifra de negocios habida en el período impositivo inmediato anterior sea inferior a 10 millones de euros), o Pymes, como son conocidas comúnmente, pueden aplicar un régimen fiscal especial que les beneficia en el Impuesto sobre Sociedades, como se aprecia en las normas relativas a la amortización, que vienen a suponer una aceleración en el ritmo de la misma: libertad de amortización para inversiones generadoras de empleo o para inversiones de escaso valor; amortización acelerada del activo material nuevo, amortización acelerada de bienes objeto de reinversión.

Como empresario ¿puedo asumir personalmente la actividad preventiva de mi empresa cuando tengo trabajadores a mi cargo?

Desde el 29 de septiembre de 2013, el empresario puede también asumir personalmente la actividad preventiva, cuando cuente con un máximo de 25 trabajadores (hasta ahora la asunción por parte del empresario estaba prevista para empresas de hasta 10 trabajadores) y únicamente disponga de un centro de trabajo.

¿Qué debemos saber del nuevo régimen especial del criterio de caja en el IVA? ¿Le interesa aplicarlo?

Está previsto que, a partir de 2014, las empresas que facturen menos de 2 millones de euros y que opten por el nuevo régimen especial del IVA de caja no tengan que ingresar el IVA repercutido hasta que lo cobren. Sin embargo y pese a los beneficios que puede suponer para muchos profesionales autónomos y pequeñas empresas que acusan problemas de liquidez, este régimen especial del IVA de caja cuenta con requisitos y especificaciones que es necesario conocer de antemano, sin olvidarnos de que debemos analizar si nos interesa o no aplicarlo en nuestra empresa, y que muchas empresas se verán afectadas al tener como suministradores de bienes y servicios empresas que hayan optado por encuadrarse en dicho régimen especial.

Nueva deducción por inversión en beneficios

La futura Ley de Emprendedores introducirá una nueva deducción en el Impuesto sobre Sociedades para las empresas que facturen menos de 10 millones de euros y tengan beneficios. Tendrán derecho a una deducción en la cuota íntegra del 10% de los beneficios del ejercicio, sin incluir la contabilización del Impuesto sobre Sociedades, que se inviertan en elementos nuevos del inmovilizado material o inversiones inmobiliarias afectos a actividades económicas, dicha deducción será aplicable con carácter retroactivo en el ejercicio 2013.

Modificaciones en la Ley contra la morosidad en las operaciones comerciales

En el BOE del día 23 de febrero se ha publicado el Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero, que contiene una serie de medidas de apoyo al emprendedor, pymes y los autónomos , de índole muy dispar , de las cuales destacamos ahora aquellas dirigidas a reducir la morosidad en las operaciones comerciales.

Tanto en el ámbito de la Unión Europea como en el español, se ve con gran preocupación la morosidad en el pago de deudas contractuales entre empresas y sus largos plazos, pues puede afectar a la propia supervivencia de las empresas.

96 millones para financiar a PYMES, empresas tecnológicas y jóvenes emprendedores

Los emprendedores podrán solicitar créditos sin necesidad de garantías adicionales a las del propio proyecto empresarial.

El Consejo de Ministros ha aprobado tres acuerdos para la firma de otros tantos convenios entre el Ministerio de Industria, Energía y Turismo y la Empresa Nacional de Innovación (ENISA), dependiente del Ministerio, para la financiación de proyectos empresariales promovidos por pequeñas y medianas empresas; empresas de base tecnológica y por jóvenes emprendedores, con objeto de impulsar la creación de empresas y contribuir a la generación de empleo.

Nueva Línea ICO Garantía SGR para promover el acceso a la financiación de autónomos y PYMES

El Instituto de Crédito Oficial (ICO) ha puesto en marcha la nueva Línea ICO Garantía SGR 2012 con el objetivo de promover que autónomos y PYMES puedan acceder a la financiación que solicitan mejorando la calidad de sus operaciones mediante el aval de una Sociedad de Garantía Recíproca (SGR), y se podrán solicitar los préstamos en las SGR o en las entidades de crédito colaboradoras.