Nuevo Reglamento de Facturación para el 2013

El nuevo Reglamento sobre obligaciones de facturación, que entrará en vigor el próximo 1 de enero de 2013, establece un sistema de facturación basado en dos tipos de facturas: la completa u ordinaria y la simplificada (que sustituye a los “tiques”). Las facturas simplificadas podrán expedirse cuando su importe no exceda de 400€ (IVA incluido), cuando se trate de facturas rectificativas o cuando su importe no exceda de 3.000 € (IVA incluido), para los supuestos en los que anteriormente podía expedirse tiques.

Nueva regla de inversión del sujeto pasivo del IVA en las ejecuciones de obras inmobiliarias

Desde el 31 de octubre, será sujeto pasivo del IVA el empresario o profesional destinatario de la operación y no quien las entregue, en el caso de las ejecuciones de obra, con o sin aportación de materiales, así como en las cesiones de personal para su realización, consecuencia de contratos directamente formalizados entre el promotor y el contratista que tengan por objeto la urbanización de terrenos  o la construcción o rehabilitación de edificaciones. Se aplica también cuando  los destinatarios de las operaciones sean a su vez el contratista principal u otros subcontratistas.

Los contribuyentes deberán informar en el primer trimestre de 2013 sobre bienes y derechos en el extranjero

Los contribuyentes tendrán que informar sobre los bienes y derechos que tienen en el extranjero a 31 de diciembre de 2012, tanto cuentas en entidades financieras, como bienes inmuebles, valores, derechos, seguros y rentas depositadas, gestionados u obtenidos fuera de España. Se excluye de esta obligación de declarar cuando el valor de los mismos no supere los 50.000 euros por cada tipo de bien o derecho. La presentación en años sucesivos de la declaración informativa sólo será obligatoria cuando el citado límite hubiese experimentado un incremento superior a 20.000 euros.

Un tema controvertido ¿Las cantidades abonadas al administrador de una empresa se consideran como deducibles a efectos del Impuesto sobre Sociedades?

La solución para evitar problemas con Hacienda a raíz de los últimos pronunciamientos e inspecciones tributarias y conseguir que las cantidades abonadas al administrador de una empresa sean consideradas como deducibles a efectos del Impuesto sobre Sociedades exige una modificación de los Estatutos Sociales de la sociedad para que el cargo de administrador de la sociedad sea retribuido.

¿Se puede excluir a un socio de la sociedad?

La exclusión de un socio requiere acuerdo de la Junta General. Salvo en el caso de condena del socio administrador a indemnizar a la sociedad, la exclusión de un socio con participación igual o superior al 25% en el capital social requerirá, además del acuerdo de la Junta, resolución judicial firme, siempre que el socio no se conforme con la exclusión acordada.

Prohibición de realizar pagos en efectivo de importe igual o superior a 2.500€

Desde el día 19 de noviembre de 2012 no podrán pagarse en efectivo las operaciones, en las que alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional, con un importe igual o superior a 2.500 euros o su contravalor en moneda extranjera, como consecuencia del nuevo régimen establecido por la nueva Ley 7/2012 contra el fraude fiscal.

Se modifican los módulos del régimen simplificado del IVA

Se incorpora la revisión de los módulos a fin de actualizar su importe en paralelo a la subida de tipos impositivos del IVA. Con el fin de simplificar los cálculos, se ha dispuesto, para los módulos no monetarios, una tabla única que incorpora el aumento de tipos distribuido a lo largo de todo el año, evitando de esa forma la utilización de dos tablas, una hasta el 31 de agosto con los módulos sin aumento y otra desde esa fecha hasta el 31 de diciembre, con la totalidad del incremento previsto.

Nuevas aclaraciones de la Dirección General de Tributos sobre el proceso de regularización de activos ocultos (amnistía fiscal)

Entre otras  aclaraciones que ha efectuado la Dirección General de Tributos en su segundo informe sobre diversas cuestiones relativas al procedimiento extraordinario para declarar activos ocultos antes del 30 de noviembre de este año, se establece la posibilidad de que los herederos presenten la Declaración Tributaria Especial (modelo 750) por el fallecido cuando este falleció con posterioridad a 31 de diciembre de 2010.

Quiero alquilar una habitación en mi vivienda habitual… ¿Cómo afectará en el IRPF?

En esta época de crisis algunos contribuyentes se han visto obligados a alquilar alguna habitación de su propia vivienda habitual ¿Cómo tributa para el propietario en el IRPF, que efectos tiene en la deducción por adquisición de vivienda habitual aplicable en el IRPF?

Proyectos de Ley de Presupuestos Generales y de Medidas Tributarias para 2013

Entre otras medidas tributarias, en el IRPF se modifica el régimen de tributación aplicable a las ganancias patrimoniales obtenidas a corto plazo, se suprime la deducción por inversión en vivienda habitual para las adquisiciones que se realicen a partir del 1 de enero de 2013 (se mantiene la deducción para adquisiciones anteriores a 2013), se prorroga al 01-01-2014 el Impuesto sobre el Patrimonio, y se permitirá en 2013 la actualización monetaria por parte de las empresas del último balance aprobado por ellas.