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Se reduce a 5 años el plazo para reclamar una deuda

Desde el pasado 7 de octubre de 2015, ha entrado en vigor una reforma por la que se ha reducido de 15 a 5 años el plazo que se tiene para reclamar una deuda, así como cualquier obligación derivada de una relación mercantil, comercial o de prestación de servicios, cuando exista un contrato y cuando la ley no especifique un plazo concreto.

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