El cambio se basa en obligar a incluir como gasto un 10% del valor de los activos intangibles (como la marca o la cartera de clientes) para que estén amortizados en diez años. La modificación supone un brusco cambio respecto a la normativa actual. Desde 2016, por lo general, se considerará que un fondo de comercio perderá el 10% de su valor cada año, lo que significa que las empresas tendrán que contabilizar esa amortización como gasto y, por tanto, afectará al beneficio.
Siguiendo con la nueva Ley 27/2014, de 27 de noviembre , del Impuesto sobre Sociedades (LIS), veamos como queda la deducibilidad fiscal de las amortizaciones.
Para los elementos del inmovilizado material nuevos, se introduce un nuevo supuesto de libertad de amortización, siempre y cuando su valor no exceda de 300 € y con un límite de 25.000 €.
De acuerdo con el nuevo régimen especial del IVA, de aplicación voluntaria para determinados sujetos pasivos, se difiere el devengo del impuesto, haciéndolo coincidir con la fecha de cobro de la factura o el 31 de diciembre del año inmediato posterior a aquel en que se haya realizado la operación, lo que antes suceda, lo que tiene implicaciones contables. Cuando reciba facturas afectadas por el IVA de caja, contabilice el IVA soportado en una subcuenta “puente” para no deducírselo antes de tiempo. Una vez que las pague, traspase su saldo a la cuenta de IVA soportado deducible.
Si no hemos planificado nuestra fiscalidad durante 2013, seguramente, hasta final de año tendremos ocasión de rebajar las cuotas del IRPF, Patrimonio y Sociedades que se declararán en 2014, consiguiendo pagar menos. A modo de resumen, de cara al cierre del ejercicio, le ofrecemos una serie de recomendaciones.
La Ley de Emprendedores establece que todos los libros que obligatoriamente deben llevar los empresarios, sean de la clase que sean, y por tanto también los de actas o los de socios o acciones nominativas, deben ser cumplimentados en formato electrónico legalizándose telemáticamente antes de los cuatro meses siguientes al cierre del ejercicio.
En el BOE del día 9 y 10 de abril se han publicado, respectivamente, dos Resoluciones de 26 de marzo de 2013 del ICAC, por las que se aprueban el Plan de Contabilidad de pequeñas y medianas entidades sin fines lucrativos , y el Plan de Contabilidad de las entidades sin fines lucrativos.