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A partir de 2016, las Sociedades Civiles pasarán a tributar por el Impuesto de Sociedades

Os recordamos, que a partir de 2016, las sociedades civiles con personalidad jurídica y objeto mercantil tributarán en el Impuesto sobre Sociedades. No obstante, se ha previsto legalmente un régimen transitorio que habilita la posibilidad de que los socios de estas entidades promuevan la disolución y liquidación de las mismas durante los 6 primeros meses de 2016, operación a la que se le otorga un régimen de exención fiscal o diferimiento de impuestos.

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Nuevo tratamiento contable del inmovilizado intangible

El cambio se basa en obligar a incluir como gasto un 10% del valor de los activos intangibles (como la marca o la cartera de clientes) para que estén amortizados en diez años. La modificación supone un brusco cambio respecto a la normativa actual. Desde 2016, por lo general, se considerará que un fondo de comercio perderá el 10% de su valor cada año, lo que significa que las empresas tendrán que contabilizar esa amortización como gasto y, por tanto, afectará al beneficio.

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Ya puede reclamar una factura impagada en el notario sin tener que acudir a los tribunales

Con la nueva normativa de reforma notarial, puede reclamar ante notario, sin necesidad de acudir a los tribunales, facturas de cualquier importe (siempre que el deudor no sea un consumidor). El requerimiento de pago debe hacerlo un notario del domicilio del deudor, al que hay que aportar la documentación que acredita la deuda (como  factura, pedido y albarán firmado por su cliente…).

Responsabilidad penal para las empresas

La reforma del Código Penal que entró en vigor el pasado 1 de julio, obliga a las empresas a adoptar medidas eficaces de vigilancia y control para la prevención de delitos, eximiendo a las mismas llegado el caso, de cualquier responsabilidad penal. No obstante el incumplimiento de éstas puede conllevar graves consecuencias, tanto para la entidad como para sus representantes. Se trata de una cuestión de suma importancia para su empresa.

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Retribución de los administradores. Adapte sus estatutos en la próxima Junta

Recuerde que en los estatutos de una sociedad se deberá especificar la retribución de los miembros del órgano de administración. Si el cargo de administrador de su empresa es retribuido, en la próxima junta de socios debe adaptar sus estatutos a los últimos cambios legales. Como antes no basta con decir que el cargo será retribuido o remunerado. Se puede escoger alguno o algunos de los legalmente predeterminados en la Ley de Sociedades de Capital.

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¿Es válido el envío por correo electrónico de facturas en formato PDF sin firma digital?

La Administración Tributaria ha venido manifestando que el sistema de envío de facturas en formato PDF era válido, pero debía garantizar la autenticidad del origen y contenido de la factura, y que para ello podían emplearse sistemas reconocidos (por ejemplo, la firma electrónica avanzada) o controles de gestión que permitiesen crear lo que se denomina “una pista de auditoría fiable”. Ahora la DGT ha ido más allá, y ha confirmado la validez de esta forma de envío aunque se realice sin firma electrónica.

Seguramente debido al volumen de facturación de su empresa o negocio, en más de una ocasión se ha planteado enviar facturas a través del correo electrónico o la puesta a disposición de las mismas a través de una web o plataforma para su posterior impresión, registro contable y archivo. Ahora bien, se ha podido plantar esta duda: ¿El envío de las facturas en PDF y por e-mail es válido a todos los efectos? ¿Qué requisitos exige Hacienda? ¿Es válido el sistema de facturación electrónica propuesto en la medida que los archivos en formato PDF no van firmados digitalmente?