Incentivos fiscales para fomentar la creación de empresas y el autoempleo en régimen de autónomo

En el BOE del día 23 de febrero se ha publicado el Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero, que contiene una serie de medidas fiscales, laborales, mercantiles y administrativas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, y que en el ámbito tributario se concretan en una serie de incentivos fiscales en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y en el Impuesto sobre Sociedades para apoyar los proyectos emprendedores y para fomentar el autoempleo en régimen de autónomo durante los dos primeros años de ejercicio de una actividad.

La celebración de la Junta General por videoconferencia también es posible en las Sociedades Limitadas

La DGRN en una importante Resolución de 19 de diciembre de 2012, en cuanto que examina por primera vez la utilización de medios a distancia, tanto para la emisión del voto en las juntas generales como en la delegación a favor de un tercero, en una interpretación en sentido contrario, entiende que la Ley de Sociedades de Capital no prohíbe en las sociedades de responsabilidad limitada, el empleo de estos medios para la asistencia y voto de los socios en la junta general, si bien en cuanto a la delegación de voto por medio de videoconferencia o sistemas similares va a exigir que quede constancia de ella en algún “soporte, película, banda magnética o informática”.

Constitución de una SL con aportación de un inmueble hipotecado ¿Qué valor se da al inmueble aportado?

Cuando se aporte a una sociedad una finca hipotecada debe quedar claro qué es lo que ocurre con la deuda garantizada.

La Dirección General de los Registros y del Notariado (DGRN), en una Resolución de 23-11-2012 (en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador mercantil y de bienes muebles a inscribir determinada escritura de constitución de una sociedad de responsabilidad limitada) trata de dar respuesta a una realidad que se da con mucha frecuencia en las constituciones de sociedad con aportación de inmuebles hipotecados.

Desde el 1 de enero de 2013 se suprime la deducción por inversión en vivienda habitual

Con efectos desde el 01-01-2013 se ha suprimido en el IRPF la deducción por adquisición de vivienda habitual, si bien se establece un régimen transitorio que permitirá deducir por este concepto en 2013 y años siguientes siempre que se haya adquirido vivienda en 2012 o años anteriores o se hayan satisfecho cantidades para la construcción, rehabilitación, ampliación o para la realización de obras de adecuación de la vivienda a personas con discapacidad.

¿Dudas para valorar los bienes y derechos en el extranjero a efectos de la obligación de información a Hacienda?

Si una persona es titular de un inmueble que ha adquirido como consecuencia de una donación o de una herencia, se hará constar el valor de adquisición, entendiendo por este el valor real del bien en el momento de su adquisición. En el caso de los inmuebles cuyo precio de adquisición consta en una moneda diferente al euro, el valor de adquisición, al igual que en el resto de bienes y derechos objeto de declaración, debe ajustarse al tipo de cambio vigente en la fecha 31 de diciembre del ejercicio al que corresponde la información declarada.

Se limita en un 30% la amortización contable fiscalmente deducible

Con efectos para los períodos impositivos que se inicien en 2013 y 2014, la amortización contable del inmovilizado material, intangible y de las inversiones inmobiliarias solo será deducible hasta el 70% de aquella que hubiera resultado fiscalmente deducible de acuerdo con la Ley del Impuesto sobre Sociedades. Por tanto, se limita en un 30% la amortización contable fiscalmente deducible.

Ya puede revalorizar el valor contable de los activos que aparecen en su balance

Con efectos desde el 28-12-2012, la Ley 16/2012 le permite, de forma voluntaria, actualizar el valor contable de los activos materiales de su empresa, de forma que aparezcan en el balance de cierre de 2012 por un valor más cercano al real. Así aumentará el valor patrimonial de su empresa y mejorará su imagen financiera de cara a bancos y terceros.

Desde el 1 de enero de 2013 ya puede emitir fácilmente sus facturas por vía electrónica

Desde el 1 de enero de 2013, y como consecuencia del nuevo Reglamento de Facturación, las empresas podrán emitir sus facturas en formato PDF y remitirlas por correo electrónico, para lo cual deberá solicitar una autorización a sus clientes, en la que se indique la cuenta de correo de envío y la de recepción.