pérdidas por donaciones en el irpf

Las pérdidas por donaciones en el IRPF No son deducibles en Renta.

Introducción

En el ámbito del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), la reciente sentencia del Tribunal Supremo de 12 de abril de 2024 ha zanjado la polémica en torno a la deducibilidad de las pérdidas por donaciones en el IRPF. Esta decisión ha generado un impacto significativo en la fiscalidad de este tipo de operaciones, por lo que resulta crucial para contribuyentes, asesores y profesionales financieros mantenerse informados sobre las implicaciones prácticas de este nuevo criterio jurisprudencial. 

Aclarando la diferencia entre pérdida económica y pérdida fiscal

El Tribunal Supremo ha establecido una clara distinción entre la pérdida económica y la pérdida fiscal en el contexto de las donaciones. Si bien la donación de un bien implica una pérdida económica evidente para el donante, al desprenderse del mismo sin recibir contraprestación alguna, esta pérdida no tiene efectos directos en el IRPF.

En cambio, la pérdida fiscal sólo se configura cuando el valor de adquisición del bien donado es superior a su valor de transmisión. En este caso, el donante no solo experimenta una pérdida económica, sino también fiscal.

Las pérdidas por donaciones en el IRPF no son deducibles

La sentencia ratifica lo establecido en el artículo 33.5.c) de la Ley del IRPF, que expresamente excluye las pérdidas por transmisiones lucrativas de la base imponible del impuesto. Esto significa que, incluso si en la misma declaración se computan ganancias patrimoniales derivadas de otras transmisiones, las pérdidas por donaciones no pueden compensarse ni deducirse.

Implicaciones para los contribuyentes

Esta nueva doctrina del Tribunal Supremo tiene implicaciones relevantes para los contribuyentes que realizan donaciones de bienes:

  • Planificación fiscal: Es fundamental realizar una planificación fiscal adecuada para optimizar las donaciones y minimizar su impacto fiscal. Esto implica analizar el valor de los bienes a donar, las posibles ganancias o pérdidas patrimoniales y las estrategias fiscales disponibles.
  • Alternativas a las donaciones en especie: En algunos casos, alternativas como la venta del bien con posterior donación del dinero obtenido podrían resultar fiscalmente más ventajosas. Sin embargo, es crucial consultar con un profesional para evaluar cada situación específica.
  • Asesoramiento profesional: Es recomendable contar con el asesoramiento de un profesional especializado en fiscalidad para analizar las implicaciones de las donaciones en cada caso y garantizar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

Conclusión

La sentencia del Tribunal Supremo sobre la no deducibilidad de las pérdidas por donaciones en el IRPF representa un cambio significativo en la fiscalidad de este tipo de operaciones. Los contribuyentes deben estar atentos a las implicaciones de este nuevo criterio jurisprudencial y adoptar las medidas necesarias al realizar donaciones de bienes, ya que puede tener un impacto significativo en la carga fiscal.

Es importante consultar con un profesional especializado para analizar cada situación específica y determinar la estrategia fiscal más adecuada y un cumplimiento normativo riguroso.

Recuerde:

Este artículo tiene un carácter informativo y no pretende ser un asesoramiento profesional.