
Cómo solicitar los días de cortesía de la AEAT
Evita notificaciones de Hacienda en vacaciones
Llega el verano, los puentes o simplemente esos días de descanso tan merecidos y necesarios para desconectar del día a día de la empresa. Sin embargo, para muchos autónomos y empresarios, las vacaciones vienen acompañadas de un pequeño temor: ¿Y si Hacienda me envía una notificación electrónica mientras estoy fuera?
Por ley, cuando la Agencia Tributaria deposita una notificación en tu buzón electrónico, dispones de 10 días naturales para abrirla. Si no lo haces, se da por notificada “por comparecencia electrónica” y los plazos para responder o recurrir empiezan a correr, estés o no frente al ordenador.
Para evitar que un aviso de la AEAT te amargue el descanso, existen los días de cortesía de la AEAT. A continuación, te explicamos de forma sencilla cómo funcionan y cómo puedes activarlos.
¿Qué son los días de cortesía y quiénes pueden pedirlos?
Los días de cortesía son un período de máximo 30 días por año natural en los que puedes pedirle a la Agencia Tributaria que congele el envío de notificaciones electrónicas a tu buzón. Es, por así decirlo, el modo “no molestar” de tu relación con Hacienda.
Pueden solicitarlo todas las personas físicas (autónomos) o jurídicas (sociedades) que estén obligadas a recibir notificaciones de forma telemática, o bien aquellas que se hayan apuntado de forma voluntaria al sistema de la Dirección Electrónica Habilitada única (DEHú).
5 Reglas de oro que debes conocer antes de solicitarlos
Para organizar tu calendario de cortesía de manera eficiente, ten en cuenta los siguientes puntos prácticos:
- Son días naturales: Esto significa que debes incluir los sábados y domingos dentro del período que selecciones si quieres estar completamente cubierto durante el fin de semana.
- No tienen por qué ser consecutivos: Puedes distribuirlos como quieras a lo largo del año. Por ejemplo, puedes coger 15 días en agosto, 7 días en Navidad y reservar el resto para puentes o imprevistos.
- Plazo de antelación obligatorio: Debes solicitar los días con un mínimo de 7 días naturales de antelación al primer día que quieras activar. Si te vas de vacaciones un lunes, debes pedirlo como muy tarde el lunes de la semana anterior.
- Cuidado con las notificaciones anteriores: Los días de cortesía evitan que te lleguen nuevas notificaciones, pero no pausan los plazos de los avisos que ya te hubieran llegado antes de empezar tus días libres. ¡Revisa tu buzón justo antes de salir!
- Casos de extrema urgencia: En situaciones excepcionales en las que la actuación de Hacienda requiera una inmediatez absoluta para asegurar su eficacia, la Administración podría saltarse esta cortesía y notificarte mediante el método tradicional en papel.
Paso a paso: ¿Cómo se solicitan en la Sede Electrónica?
El trámite es completamente telemático. Los pasos básicos son:
- Accede a la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria con tu certificado digital o Cl@ve.
- Entra en el apartado de Mis notificaciones > Todas las gestiones.
- Busca la opción Solicitar días días en los que no se emitirán notificaciones electrónicas
- Se abrirá un calendario anual donde podrás ir marcando los días que te interesen (aparecerán resaltados en verde).
- Haz clic en Validar, luego en Firmar y enviar, ¡y listo!
Nota: Si tus planes cambian, puedes modificar o anular los días seleccionados, siempre respetando el margen de 7 días de antelación.
Recomendaciones
Recomendamos señalar siempre 5 días antes del periodo vacacional debido a que si se recibe una notificación justo el día antes de irnos de vacaciones, esto puede dar al traste con nuestros planes al tener que preparar la documentación necesaria para contestar la notificación.
Por ejemplo, imaginemos que queremos irnos los primeros 15 días del mes de agosto, en este caso escogeremos como días de cortesía los comprendidos entre el día 27 de julio hasta el día 15 de agosto, de esta forma nos aseguramos el poder contestar una notificación recibida el día 26 de julio. Puedes incluso escoger los días desde el 27 de julio hasta el 10 de agosto, ya que en caso de recibir una notificación el día 11 de agosto, permanecerá en tu buzón para ser descargada durante 10 días, es decir, hasta el día 21 y podrás descargarla cuando vuelvas el día 15 sin problemas.
Un ejemplo:

Puede realizar las combinaciones que más se ajusten a tus necesidades, teniendo en cuenta que durante los diez días que permanece la notificación a tu disposición, lo mismo da descargarla el primer día que el último.
El plazo para contestar un requerimiento por ejemplo, se empieza a contar desde el día en que te dés por notificado, es decir, el día que te descargues la notificación o, hayan transcurrido los diez días desde que la pusieron a tu disposición.

