Régimen Especial de Grupos de Entidades (REGE): una oportunidad clave para optimizar el IVA
Con la llegada de diciembre, las empresas que forman parte de un grupo bajo una sociedad dominante tienen una importante decisión por delante: evaluar si optarán por el Régimen Especial de Grupos de Entidades (REGE) en el próximo ejercicio fiscal. Este régimen permite a los grupos empresariales simplificar la gestión del IVA y generar ahorros fiscales significativos, convirtiéndose en una herramienta estratégica para la optimización de recursos.
¿Qué es el REGE?
El Régimen Especial de Grupos de Entidades es una opción fiscal diseñada para grupos empresariales que operan bajo una sociedad dominante. Ofrece ventajas significativas en la gestión del IVA al permitir la consolidación de las declaraciones de las empresas que integran el grupo.
Modalidades del REGE: básica y avanzada
El REGE dispone de dos modalidades que pueden adaptarse a las necesidades específicas de cada grupo empresarial:
- Modalidad básica:
En esta modalidad, cada sociedad integrante presenta sus declaraciones mensuales de IVA sin realizar ingresos. Posteriormente, la sociedad dominante consolida estas declaraciones y liquida el IVA neto del grupo. Esta opción es ideal para compensar los resultados negativos de unas empresas con los positivos de otras, maximizando el ahorro fiscal. - Modalidad avanzada:
Diseñada para grupos con empresas que enfrentan restricciones en la deducción del IVA, como aquellas sujetas a prorrata. Una destacada es que no se repercute el IVA en las operaciones intragrupo sobre conceptos exentos, como sueldos o gastos financieros, reduciendo así el impacto fiscal.
Procedimiento para acogerse al REGE
Para aplicar este régimen en 2024, es esencial formalizar la decisión antes del 31 de diciembre. El proceso incluye:
- Aprobación interna: Acordar la opción en los órganos de administración de cada sociedad del grupo.
- Comunicación a Hacienda: Presentar el modelo 039 antes del fin del año.
- Compromiso mínimo: Aplicar el régimen durante un período mínimo de tres años en la modalidad básica o de un año en la modalidad avanzada, salvo renuncia posterior.
Beneficios estratégicos del REGE
El impacto positivo del REGE puede ser significativo, especialmente para grupos con:
- Filiales sujetas a prorrata.
- Altos costes exentos de IVA.
- Operaciones frecuentes entre empresas del grupo.
Con una planificación adecuada, el REGE puede optimizar el flujo de efectivo, reducir el coste fiscal y fortalecer la competitividad del grupo empresarial.
Conclusión: actúe antes del cierre de diciembre
Si su grupo cumple con las condiciones para acogerse al REGE, no deje pasar esta oportunidad. Evalúe las ventajas, tome la decisión antes del 31 de diciembre y formalice la comunicación a Hacienda. Una correcta implementación del régimen puede traducirse en un ahorro considerable y en una gestión más eficiente del IVA, contribuyendo al éxito financiero de su grupo empresarial.
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